Y de otra parte, AGROPECUARIA SIERRA NORTE SL, con CIF B-41720020 y domicilio en Avda. Ramón Carande 9, Portal 9, 4ºB. 41013 Sevilla, en adelante EL INTERMEDIARIO.
ACUERDAN:
1. Que EL CLIENTE encarga a EL INTERMEDIARIO sus servicios profesionales de intermediación para la compra de la finca rústica, con número de referencia
2. EL CLIENTE faculta a EL INTERMADIARIO a que éste lo represente en cuantas reuniones, conversaciones y gestiones sean necesarias con la propiedad actual de dicha finca hasta la consecución del acuerdo final de compra-venta entre las partes.
3. Que EL CLIENTE se compromete a satisfacer los honorarios profesionales de EL INTERMEDIARIO, que ascienden al 1,5% del importe total de la compra, mediante el siguiente calendario y forma de pago:
> 10% a la firma del contrato privado de compra-venta entre el propietario actual y EL CLIENTE, o persona física o jurídica por él designada en caso de escritura posterior, en caso contrario se satisfará el 100% de los honorarios.
> 90% a la firma de la correspondiente escritura de compra-venta entre el propietario actual y EL CLIENTE, o persona física o jurídica por él designada.
4. Los servicios profesionales adicionales se presupuestarán y facturarán aparte. Dichos servicios son:
> Redacción de contrato.
> En el caso de ser una Sociedad la que venda, realización de Due Diligence, la investigación técnica, jurídica y mercantil de una empresa previa a la firma de un contrato.
> Preparación escritura.
> Asistencia jurídica.